JUBILACION ACTIVA

Para poder acceder a la jubilación activa, es necesario cumplir con el requisito de haber cumplido la edad ordinaria de jubilación y haber transcurrido al menos un año desde ese momento

JUBILACION ACTIVA

Supongamos que eres una persona que ha llegado a la edad en la que puedes jubilarte, pero aún te sientes con energía y ganas de seguir trabajando. Bueno, ¡tengo buenas noticias para ti! Existe algo llamado jubilación activa, que te permite seguir trabajando mientras recibes tu pensión de jubilación. Pero aquí viene la parte interesante: para acceder a esta modalidad, debes esperar al menos un año después de haber cumplido la edad ordinaria para jubilarte. Es como si te dieran un año de margen para que decidas si realmente quieres seguir trabajando o disfrutar de tu merecido descanso.

Imagina que tienes 65 años, que es la edad ordinaria de jubilación en tu país. Si decides jubilarte activamente, tendrías que esperar hasta los 66 años para poder hacerlo. Durante ese año, podrías seguir trabajando y recibir el 50% de tu pensión de jubilación. Después de ese período, podrías jubilarte plenamente y recibir el 100% de tu pensión. Es como si te dieran un tiempo de transición para que te adaptes a la idea de dejar de trabajar por completo.

Esta regla de esperar un año después de la edad ordinaria de jubilación para acceder a la jubilación activa tiene sus implicaciones. Por un lado, te da la oportunidad de seguir trabajando si así lo deseas, lo cual puede ser beneficioso tanto para ti como para la economía en general. Por otro lado, puede ser un poco frustrante tener que esperar ese año adicional si ya estás listo para jubilarte activamente. Pero al final, es una opción que te brinda flexibilidad y te permite tomar una decisión informada sobre tu futuro laboral.

Además de la jubilación activa, existen otras modalidades de jubilación. Algunas de ellas son la jubilación anticipada, que permite jubilarse antes de la edad ordinaria de jubilación; la jubilación tardía o demorada, que permite postergar la jubilación más allá de la edad ordinaria; la jubilación parcial, que permite combinar el trabajo con el cobro de una parte de la pensión; y la jubilación flexible, que permite reducir la jornada laboral antes de la jubilación plena. Estas modalidades están reguladas por la legislación y pueden tener requisitos específicos para acceder a ellas.

Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda en materia de prestaciones de la seguridad social.

 

 


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